RESUMEN EJECUTIVO DEL CONTENIDO DE LA METODOLOGÍA AMHABITAT PARA LA HABILITACIÓN FÍSICA DE BARRIOS

RESUMEN EJECUTIVO DEL CONTENIDO DE LA METODOLOGÍA AMHABITAT PARA LA HABILITACIÓN FÍSICA DE BARRIOS

La Asociación Amigos del Hábitat (AMHABITAT) ha desarrollado numerosos planes de incorporación de barrios a la estructura urbana de las ciudades y proyectos de habilitación física de zonas de barrios, convirtiéndose en referencia nacional e internacional en el campo de los asentamientos residenciales urbanos no-controlados. 

El desarrollo de la habilitación física de asentamientos urbanos no-controlados en Venezuela es producto de conocimientos y experiencias acumuladas en diversas partes del mundo, reinterpretadas críticamente y en forma creativa por profesionales venezolanos. En esa trayectoria han participado miles de pobladores de los asentamientos no-controlados y los miembros y voceros de las organizaciones comunitarias. Otro conjunto de participantes en la elaboración de esta metodología, como colaboradores y seguidores de ella, la conforman el millar de profesionales y técnicos de distintas disciplinas que se incorporaron exitosamente a los procesos de habilitación física. Instituciones académicas y organizaciones no gubernamentales de distinto tipo también prestaron su concurso para el desarrollo estas orientaciones metodológicas. Y asimismo, diversas instituciones y organismos públicos, con diferentes cohortes de funcionarios designados o electos. Se debe dejar constancia de todas estas contribuciones a la habilitación física de barrios, pero AMHABITAT considera esta metodología como propia en la medida que, como asociación de profesionales, se ha mantenido durante 22 años en la vanguardia nacional e internacional de la habilitación física de este tipo de desarrollos. 

A partir de la consideración que el tema del hábitat y la habilitación de barrios podría constituirse en una de sus principales líneas de acción, la Corporación Andina de Fomento (CAF) decidió encargar a AMHABITAT la elaboración de un documento que describiese de forma general el contenido de la metodología utilizada por esta asociación para la habilitación física de barrios. Dicho documento, con la descripción preliminar del contenido de la metodología AMHABITAT, se entregó a la CAF el 12 de mayo de 2008. Posteriormente, el 20 de agosto, la Corporación hizo la solicitud adicional de un resumen ejecutivo de ese documento, que es el que aquí se presenta. 

El Documento “Descripción Preliminar del Contenido de la Metodología AMHABITAT para la Habilitación Física de Barrios” comprende: una INTRODUCCIÓN; una primera parte, de CARACTERIZACIÓN GENÉRICA DE LA HABILITACIÓN DE DESARROLLOS URBANOS NO CONTROLADOS; una segunda parte, con laDESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA DE HABILITACIÓN DE DESARROLLOS URBANOS NO CONTROLADOS DESARROLLADA POR AMHABITAT; y una amplia BIBLIOGRAFÍA.

CARACTERIZACIÓN GENÉRICA DE LA HABILITACIÓN DE DESARROLLOS URBANOS NO CONTROLADOS

La definición operacional de “barrios” que utiliza AMHABITAT, permitiéndole su delimitación precisa, el intercambio de información con otros organismos y el trabajo sobre características comunes indicativas del tipo de actuaciones urbano-arquitectónicas necesarias, es el siguiente: los “barrios”, o squatters, son asentamientos residenciales de desarrollo progresivo, construidos a partir de invasiones u ocupaciones de terrenos que no pertenecen a sus residentes y sin un plan, o más específicamente un proyecto de trazado urbano, que cubra los requerimientos a satisfacer por toda urbanización producida reguladamente en la misma ciudad y época. 

Frente a las carencias en sus condiciones físicas de urbanización que tales desarrollos presentan, las propuestas de AMHABITAT se dirigen a completar su proceso de crecimiento y desarrollar plenamente la fase de urbanización, cumplidas en lo esencial las de parcelación y edificación.
Planificar, programar, proyectar y ejecutar las obras de urbanización que permitan una adecuada inserción de los barrios en el medio ambiente construido, así como la superación de sus carencias internas en cuanto los niveles de urbanización: tal es el proceso que se denomina habilitación física de barrios.
De las características y niveles de urbanización existentes en los barrios, así como de los que socialmente se aspiren a obtener, se derivan las características y magnitudes de los Programas de Actuaciones Urbanísticas necesarios para llegar a realizar tal aspiración. El alcance de esos Programas conlleva a las necesidades de inversión en habilitación física: generales, por unidad de medida de superficie ocupada, per cápita o por familia residente. 

Los Programas de Actuaciones Urbanísticas se refieren, por una parte, a la Unidad de Planificación Física (UPF), es decir, a la zona relativamente continua, formada por grandes agregados de barrios de ranchos y con problemas de habilitación física a gran escala; y, por otra parte, a la Unidad de Diseño Urbano (UDU), es decir, a la zona comparativamente menor, formada por uno o más barrios, o parte de barrios, y con una escala de problemas similar a la de urbanizaciones, permitiendo desarrollar proyectos integrados de habilitación física.

DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA DE HABILITACIÓN DE DESARROLLOS URBANOS NO CONTROLADOS DESARROLLADA POR AMHABITAT

La metodología de AMHABITAT conlleva una visión de las zonas de barrios como parte fundamental de la ciudad y busca resolver los problemas de manera urbanística integral, mediante la cual lo construido y lo social se articulen en una sola manera de hacer las cosas. Los proyectos involucrados se apoyan, especialmente, en la fuerza que representa la comunidad organizada, como actor fundamental en buena parte de la fase de planeamiento y en todas las fases de ejecución, y como conductora indiscutible de las transformaciones de su propio hábitat. 

La síntesis de las orientaciones metodológicas que AMHABITAT recomienda para la habilitación de desarrollos urbanos no controlados puede resumirse en cuatro consideraciones esenciales.
 
Primera: La verdadera habilitación física es una profunda y estructural intervención para superar las condiciones precarias de urbanización en todos los asentamientos.
Segunda: Ella sólo puede realizarse en el marco de una decidida y continua Política Nacional de Estado, durante el mediano plazo requerido para su terminación.
Tercera: La Habilitación sólo puede ser llevada a cabo por amplias Organizaciones Comunitarias Autogestionarias, actuando como administradoras sociales privadas de recursos públicos.
Cuarta: Deben colocarse a disposición de quienes pueden adelantarla el mayor número de recursos técnicos de avanzada que disponga la sociedad. 

En rigor, la metodología AMHABITAT no es una metodología, sino un conjunto de metodologías aplicable a distintos aspectos, facetas y partes del complejo proceso social de habilitación física de los desarrollos residenciales urbanos no controlados. 

En todo caso, el conjunto está más bien constituido por diversas orientaciones metodológicas y no por metodologías que se presten a ser empleadas como normas taxativas. Esto es así, tanto por la naturaleza de las prescripciones metodológicas desarrolladas en la práctica por AMHABITAT, como porque ellas deberán adaptarse en cada caso a distintas condiciones nacionales y locales. 

El ordenamiento de los capítulos constituyentes de la descripción preliminar de la metodología, organizados por escalas o grados de generalidad, no implica relaciones de precedencia directa entre ellos, salvo que se indique expresamente en los casos pertinentes. 

El conjunto de elementos de esta metodología comprende los siguientes capítulos:

1 ORIENTACIONES REFERENTES A LOS MARCOS SOCIOPOLÍTICO, FINANCIERO Y LEGAL, PARA LA HABILITACIÓN FÍSICA DE DESARROLLOS URBANOS NO CONTROLADOS

Un programa nacional de habilitación física integral y estructural de los asentamientos urbanos no controlados sólo puede ser llevado a cabo mediante el fortalecimiento técnico, financiero, legal y administrativo de las capacidades comunitarias que dieron origen y desarrollaron ese tipo de asentamientos, dentro de grandes limitaciones sociales. Por tanto, la condición principal para su posterior urbanización es el reconocimiento social del papel protagónico de las comunidades organizadas en la transformación física de su propio hábitat. 

Para la habilitación física se requiere una política nacional de mediano plazo, sustentada en acuerdos sociales estratégicos y cónsonos con una explícita política de inclusión social, comprendiendo la homologación de las condiciones físicas de vida de toda la población. La habilitación física de asentamientos precarios debe estar contenida en prescripciones constitucionales precisas, referentes al programa o, por lo menos, en una ley orgánica de vivienda entendida en su más amplio sentido, abarcando las condiciones de urbanización de asentamientos urbanos y, específicamente, de los asentamientos urbanos no controlados. Ella debe regular, también, los procedimientos de habilitación y las responsabilidades tanto del Estado en sus distintos niveles (nacional, regional, local, institutos autónomos y servicios autónomos sin personalidad jurídica), como de las comunidades organizadas en asentamientos urbanos precarios, y también de otras instituciones y agentes públicos o privados que puedan intervenir en los procedimientos de habilitación física.
 
La sustentabilidad financiera de tal programa nacional de habilitación física puede basarse, bien en fondos nacionales de asignaciones presupuestarias predeterminadas a mediano o largo plazo, bien en fondos multilaterales de convenios que puedan renovarse a mediano plazo. 

En el caso de que la habilitación física se trate, apenas, de una política local, municipal o intermunicipal, correspondiente a una ciudad especifica, debe mantenerse la condición principal de reconocimiento al papel protagónico de las comunidades organizadas en la transformación física de su propio hábitat. Sin embargo, el aspecto referido a la seguridad del financiamiento a largo plazo adquiere mayor relevancia y complejidad que en el caso de los programas nacionales. Ello se vincula directamente con la autonomía financiera del poder local, así como con las posibilidades estructurales y legales de adquirir compromisos financieros multilaterales y de delegar la administración de recursos públicos en comunidades organizadas con personalidad jurídica propia, diferente a la de la República. 

Otro aspecto importante a tener en cuenta lo constituyen las formas sociales jurídicas existentes, o de posible creación, que permitan el reconocimiento de las ocupaciones irregulares de terrenos en determinadas condiciones y de forma expedita. Se trata de que los pobladores de desarrollos no controlados puedan adquirir la plena propiedad de sus inmuebles, y con ella una base de garantías reales para procesos hipotecarios referentes a las mejoras, ampliaciones y remodelaciones de las unidades habitacionales privadas o semiprivadas donde residen. 

En este sentido, la metodología AMHABITAT propugna el desarrollo de instrumentos e instituciones públicas, nacionales y municipales, o meramente municipales si el marco legal nacional lo permite, para la usucapión inmobiliaria mediante procedimientos administrativos expeditos. Su factibilidad depende de las limitaciones nacionales al derecho a la propiedad privada inmobiliaria urbana y de las regulaciones existentes, tanto para la privatización de propiedades inmobiliarias públicas, como para la expropiación forzosa de propiedades inmobiliarias privadas, que son ocupadas consuetudinaria y pacíficamente por comunidades no propietarias.

2 INVENTARIOS NACIONALES DE DESARROLLOS URBANOS NO CONTROLADOS

El Inventario Nacional de desarrollos residenciales urbanos no controlados es un tipo de estudio que debería efectuarse periódicamente y asociado a los Censos Nacionales de Población y Vivienda, que se realizan usualmente cada década. Los Inventarios constituyen un instrumento de planificación que permite cuantificar y jerarquizar prioridades y dimensiones parciales del Programa de Habilitación Física de Barrios del país, en cada una de las localidades urbanas donde el Programa sea relevante. También sirven para evaluar decenalmente los resultados de una política nacional de habilitación.

3 PLANES SECTORIALES DE INCORPORACIÓN A LA ESTRUCTURA URBANA DE LOS DESARROLLOS RESIDENCIALES NO CONTROLADOS

Los Planes Sectoriales de Habilitación Física para los desarrollos residenciales no controlados de una ciudad, son la determinación técnicamente sustentada del conjunto de actuaciones necesarias, en términos de proyectos y obras, para alcanzar la homologación de las condiciones físicas de vida de los ciudadanos que allí residen con las del resto de los ciudadanos. 

Las grandes secciones que conlleva la realización de un Plan Sectorial de Incorporación a la Estructura Urbana del conjunto de los desarrollos residenciales no controlados son: la Determinación de las Unidades Conformadas por los Desarrollos No Controlados, la Determinación de las Características y Niveles de Urbanización de las Unidades y los Programas de Actuaciones Urbanísticas

La Determinación de las Unidades Conformadas por los Asentamientos Residenciales No Controlados de la Ciudad comprende todas las Unidades insertas en el conjunto urbano: con su apartado de delimitación, división y adscripción, por tipos y específica; el de ubicación y conformación; el de nomenclatura; y el de cartografía. 

Las Características y Niveles de Urbanización de las Unidades conformadas por los asentamientos residenciales no controlados, que deben determinarse para elaborar adecuadamente un Plan Sectorial de una ciudad específica, comprenden distintos apartados: los correspondientes a las Condiciones Naturales; los de Condiciones de Desarrollo Urbano y; los correspondientes a las Tendencias de Crecimiento. Adicionalmente, puede ser conveniente incluir un apartado de características referentes al proceso histórico de urbanización de la ciudad en estudio. 

De acuerdo a las Características y Niveles de Urbanización de las Unidades conformadas por los asentamientos residenciales no controlados podrán obtenerse indicadores del grado de dificultad para la ejecución de obras de Habilitación Física 

A partir de las condiciones existentes y con las Características y Niveles de Urbanización a obtener mediante la Habilitación Física, podrán determinarse los Programas de Actuaciones Urbanísticas. La sección del Plan Sectorial correspondiente a ellos está fuertemente determinada, tanto por la cuidadosa evaluación de las características y niveles de urbanización existentes en las Unidades conformadas por desarrollos residenciales no controlados, como por el nivel mínimo de urbanización que se aspire a alcanzar, usualmente definido por la valoración prestada a las condiciones físicas de vida de las mayorías como factor de desarrollo. El alcance de las prescripciones en los Programas de Actuaciones Urbanísticas (tanto generales como referidas a proyectos, gestión técnica y socio-comunitaria, así como a magnitudes de ejecución de obras), determina las necesidades de inversión social en habilitación física: las generales, por unidad de medida de superficie ocupada, per capita o por familia residente. 

La sección del Plan Sectorial referente a los Programas de Actuaciones Urbanísticas debe contener tanto programas de actuaciones prediseñados para obras estructurantes de las UPF, como programas cuantitativa y cualitativamente determinados para generar opciones de anteproyectos en todas las UDU. A nivel de cada UPF se precisarán los grandes proyectos y obras estructurantes de habilitación que correspondan, para lograr la superación de las carencias de interacción urbana y urbanización existentes a la escala de esas Unidades, correspondientes a grandes zonas urbanas. Asimismo, los Planes Sectoriales deben incluir los Programas de Actuaciones Urbanísticas en materia de obras e inversiones locales de urbanización para cada UDU. 

Los programas de proyectos y obras deben asumirse para definir satisfactoriamente las magnitudes de las obras a ejecutar. Sirven también como programas preliminares de los anteproyectos para cada UDU y para evaluar magnitudes agregadas y desagregadas de obras e inversiones en zonas de desarrollos residenciales no controlados, bajo los parámetros que los organismos de financiamiento (nacionales y multilaterales) designan como propios de un Proyecto de Inversión

Las opciones de períodos estimados para la ejecución de lo previsto en un Plan Sectorial derivan del análisis comparativo entre el conjunto de obras e inversiones allí prescritas y las dimensiones y características del sistema económico y productivo del país o ciudad donde ese Plan vaya a ejecutarse. 

4 PLANES ESPECIALES DE HABILITACIÓN FÍSICA

Este capítulo de la metodología AMHABITAT se refiere a la elaboración de instrumentos convencionales de ordenamiento urbanístico e instrumentos jurídicos de urbanismo, estos últimos con el fin de reglamentar los procesos de habilitación física de las zonas urbanas conformadas por desarrollos residenciales no controlados.

Instrumentos de Ordenamiento Urbanístico

Aún aprobados administrativamente, los Planes Sectoriales para el sector público, o realizados directamente por él, pueden necesitar su adaptación al contexto técnicourbanístico y jurídico político de cada país, para transformarse en instrumentos jurídicos válidos de planificación y ordenamiento urbano. 

Tal adaptación puede tomar diversas formas: Planes Estratégicos Urbanos, Planes de Ordenamiento Urbanístico (POU), Planes de Desarrollo Urbano Local (PDUL) o Planes Especiales. 

Los Instrumentos de Ordenamiento Urbanístico convencionales más apropiados para la habilitación física son los Planes Especiales cuyo objetivo fundamental sea la ordenación, creación, defensa o mejoramiento de algún sector particular de la ciudad, aplicados a asentamientos no controlados 

La estructuración característica de cualquier Plan Especial de Habilitación para una UPF integrada por desarrollos residenciales no controlados comprende, además de breves Antecedentes y una Introducción sintética, al menos cuatro secciones con diversos apartados y puntos como: Caracterización de la UPF; Prospectiva; Propuesta del Plan; y Proposiciones Generales para la Puesta en Práctica del Plan.

Instrumentos Jurídicos

Todos los tipos de planes, aceptados formal y convencionalmente como instrumentos de planificación urbana necesitan, además del documento técnico propiamente dicho, asumir formas de leyes que los transformen en instrumentos jurídicos de planificación y ordenamiento urbano socialmente válidos. La práctica hasta ahora realizada ha sido la de Planes Especiales de Habilitación Física para una UPF integrada por desarrollos residenciales no controlados, que asumen la forma jurídica de Ordenanzas de un Concejo Municipal.

5 ANTEPROYECTOS DE DISEÑO URBANO

Este capítulo de la metodología AMHABITAT, referido fundamentalmente a la elaboración del anteproyecto general para la habilitación física de una UDU integrada por desarrollos residenciales no controlados, comprende los aspectos relacionados con los procedimientos para la selección de los equipos profesionales de diseño, con la correcta elaboración del anteproyecto técnico y con la participación comunitaria en esta fase de la habilitación física. Como en otros capítulos, las referencias metodológicas a los distintos aspectos, y en particular a los relacionados con la elaboración del anteproyecto técnico, no se refieren a los usos corrientes en la práctica profesional, sino que, en lo posible, se ajustan a las especificidades de tales métodos y técnicas cuando se apliquen a la habilitación física de desarrollos residenciales no controlados. El capítulo de Anteproyectos de Diseño Urbano comprende seis apartados:

De la calidad de los diseños

Los anteproyectos de diseño urbano de habilitación física, dada su novedad, originalidad y grado de dificultad, han de elaborarse utilizando los mejores recursos disponibles en el entorno tecnológico y profesional del país. Y con la misma calidad, deben elaborarse los anteproyectos de sectores o conjuntos de obras, y los anteproyectos y proyectos de ingeniería de detalle de las obras, que se tratan en otros capítulos de la metodología AMHABITAT.

De los concursos

Los concursos abiertos de ideas para anteproyectos generales de habilitación física de una UDU constituyen un método probadamente exitoso para la convocatoria al mayor número posible de profesionales calificados en las tareas técnicas de la habilitación física de desarrollos urbanos no controlados: producen el doble resultado positivo de incorporar profesionales de alto nivel a las tareas de habilitación física, y de obtener buenos proyectos para adelantarlas. Este tipo de concursos no son costosos y pueden efectuarse en corto tiempo. Los concursos resultan preferibles a otras formas de selección de consultores.

De las premisas para los anteproyectos

Además de lo correspondiente a las orientaciones generales y específicas para las obras programadas, y su cuantificación y detalle, las premisas para iniciar el anteproyecto general de habilitación física de la UDU deben comprender tanto las estimaciones de inversiones en los proyectos físicos y socio-comunitarios, en el trabajo socio-comunitario y en los distintos tipos de obras de habilitación de la Unidad, como la descripción de las condiciones y niveles de urbanización existentes.

Del Análisis de Sitio para el diseño urbano de habilitación

Comprende aspectos referentes a las condiciones naturales y ambientales, a condiciones de servicios y equipamientos colectivos, y a formas de desarrollo, para derivar en una síntesis analítica que condiciona el anteproyecto general de habilitación física.

Del Anteproyecto General de Diseño Urbano

Los anteproyectos en cada UDU permiten orientar y coordinar las acciones concretas de habilitación física. En este apartado se refieren recomendaciones y orientaciones metodológicas propias de la elaboración de un anteproyecto de urbanización, aplicadas al caso de la remodelación estructural de una UDU compuesta por desarrollos residenciales no controlados.

De la participación comunitaria

La habilitación física de barrios supone introducir la urbanización una vez avanzados los procesos de construcción de las edificaciones residenciales, así como otras edificaciones y construcciones precarias, con ciudadanos ya asentados y ocupando las primeras. Es por ello que un anteproyecto de habilitación física de la UDU, no puede desarrollarse ni posee mayor significado sin que los pobladores de la Unidad lo asuman como su proyecto de futuro en materia del medio ambiente construido donde aspiran residir.
 
Una parte fundamental de la metodología de elaboración de anteproyectos de habilitación física, la constituye la fase de promoción de la participación comunitaria, con el diagnóstico de las organizaciones comunitarias existentes y su inducción para el apoderamiento. Ello les permitiría actuar como administradores delegados de fondos públicos para dirigir y controlar la habilitación de su hábitat. Con el anteproyecto se deben realizar las actividades socio-comunitarias previas a la legalización de la delegación de la gerencia y administración del proyecto a la comunidad por parte del Estado: tanto en la participación de representantes calificados de las comunidades en los jurados de concursos de ideas sobre el anteproyecto; como en la colaboración de los pobladores para el desarrollo del análisis de sitio; su papel para la selección de la opción del trazado y; sobre todo, en su participación en la constitución, calificación y legalización de las organizaciones comunitarias más apropiadas, o en la adaptación de las preexistentes, para realizar la autogestión de la habilitación física, actuando en su carácter de asociaciones comunitarias privadas sin fines de lucro y con personalidad jurídica, como administradoras delegadas de recursos públicos adscritos a los presupuestos de las instituciones u organismos del Estado a las que corresponda promover la habilitación.

6 ANTEPROYECTOS DE SECTORES DE OBRAS

En el anteproyecto general de habilitación física de la UDU se prescribirá la realización de varios conjuntos de construcciones y edificaciones, localizados en distintas partes de la Unidad. Dadas las características comunes de los anteproyectos generales de diseño urbano, se designan como Sectores de Obras a los conjuntos heterogéneos de construcciones y edificaciones, compuestos por varias obras que ameritan proyectos particulares, o a las grandes partes en que puedan dividirse los sistemas de obras de un mismo tipo. El capítulo de Anteproyectos de Sectores de Obras comprende seis apartados:

De los proyectos y obras socio-comunitarias para la habilitación física

Allí se refieren las orientaciones para el desarrollo de los trabajos de promoción e inducción comunitaria, organización y creación o fortalecimiento de los instrumentos comunitarios de apoderamiento y autogestión de las obras físicas de habilitación. Imprescindibles de adelantar en la etapa de selección del orden de proyecto y ejecución de las obras establecidas en el anteproyecto general de diseño urbano.

De la organización comunitaria

En él se prescriben orientaciones metodológicas generales para el desarrollo de las actividades de genéricas organizaciones comunitarias autogestionarias de habilitación física (OCA), así como los requisitos organizativos para constitución de éstas en administradoras delegadas de recursos públicos.

Introducción a la administración delegada

En este apartado se exponen las orientaciones metodológicas referentes a la forma concreta recomendada por AMHABITAT para una autogestión comunitaria verdaderamente independiente y eficiente.

Del Plan Detallado de Ejecución de Proyectos y Obras Físicas y Socio-comunitarias

Es el instrumento guía para el ejercicio de la administración delegada de los recursos por parte de la OCA: figura en los principales convenios de ésta con las instituciones públicas y entre éstas; establece con precisión los trabajos y obras a desarrollar con sus recursos y lapsos; constituye parte sustantiva de las ampliaciones documentales estatutarias de la OCA y de las Cartas Compromiso individuales de cada uno de sus miembros activos, así como de los documentos de asociación o contrato de la OCA con las direcciones técnicas profesionales que esta requiere.

De la selección de equipos profesionales

Recomendaciones para las diferentes contrataciones de profesionales por la OCA, en aras de la mayor eficiencia y transparencia en el manejo de fondos públicos.

De los anteproyectos particulares 

Se refiere al delineamiento de las obras que integran Sectores de Obras en una UDU, de tal manera de definir la forma y cualidades del objeto diseñado, así como el costo y los beneficios alcanzables. En este apartado se refieren recomendaciones y orientaciones metodológicas propias de la elaboración de anteproyectos particulares, en la habilitación física de desarrollos residenciales no controlados.

7 PROYECTOS DE INGENIERÍA DE DETALLE

En este capítulo, referente a los proyectos detallados de construcción de obras, se obvian las consideraciones metodológicas referidas a prácticas profesionales habituales, concentrándose en aquellas propias de la habilitación física. Se plantean aspectos relacionados con la selección y coordinación de equipos profesionales de diseño, la elaboración de los proyectos técnicos, y la participación comunitaria en esta fase de la habilitación física.

8 EJECUCIÓN DE OBRAS MAYORES DE HABILITACIÓN FÍSICA

Este capítulo contempla orientaciones metodológicas para los tipos de contrataciones de obras, para el sistema de registro y control administrativo de las obras, y un apartado sobre los profesionales y los técnicos comunitarios que deberán participar en la ejecución de éstas, con referencias a técnicas avanzadas de control de ejecución. 

9 PROYECTOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS RECURRENTES Y PERMANENTES DE HABILITACIÓN FÍSICA 

En este capítulo de la metodología AMHABITAT se describen las distintas operaciones para los proyectos, así como para la ejecución y mantenimiento de pequeñas obras, recurrentes y permanentes, de habilitación física de las zonas de desarrollos residenciales no controlados, que se adelantan en Oficinas Locales de Asistencia Técnica (OLAT). Comprende apartados sobre éstas y otras actividades complementarias de la OLAT, y sobre la organización y financiamiento de ésta.

10 PROCESO DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS REALES DE PROPIEDAD

Capítulo referido fundamentalmente al proceso de reconocimiento de los derechos reales inmobiliarios en las zonas de desarrollos urbanos no controlados, que comprende, por su propia naturaleza y en primer lugar, los aspectos jurídicos. También contiene los aspectos técnicos y de participación comunitaria y familiar. Sus apartados incluyen las premisas para el reconocimiento, la titularización legal en ocupaciones de propiedad privada y pública, las formas preliminares de dotación de títulos y las formas definitivas de ésta. Concluye con orientaciones metodológicas sintéticas para el reconocimiento.

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